NACIONALES | Los extranjeros pagarán la atención en hospitales

Publicado el 11 de agosto de 2026, 12:33

El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó un nuevo procedimiento para la asistencia sanitaria de personas extranjeras en establecimientos administrados por el Estado nacional, a partir de los cambios introducidos por el DNU 366/2025.

La medida alcanza a extranjeros sin residencia permanente que requieran prestaciones que no sean consideradas una emergencia. Quienes tengan seguro de salud podrán ser atendidos y el hospital facturará el servicio a la aseguradora. En caso de no contar con cobertura, deberán abonar previamente el arancel correspondiente.

Las emergencias continuarán siendo atendidas de manera inmediata, independientemente de la situación migratoria o económica del paciente. Esto incluye cuadros que impliquen riesgo para la vida o funciones vitales, como infartos, ACV, traumatismos graves, hemorragias y urgencias obstétricas, pediátricas o neonatales.

Una vez superada la emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser cobradas. Ante dudas sobre la gravedad del cuadro, deberá priorizarse la atención médica.

Los extranjeros con residencia permanente seguirán accediendo al sistema nacional en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos, acreditando su situación mediante DNI.

 

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