Un operativo de la Policía Caminera generó debate en redes sociales luego de que un conductor denunciara haber sido multado porque su pareja amamantaba a su bebé mientras circulaban por la autovía Córdoba–Río Cuarto.

El hombre explicó que el pequeño se había irritado durante el trayecto y que la madre decidió alimentarlo en el asiento delantero. La infracción fue labrada bajo la ley 8560, que prohíbe trasladar a menores de diez años en ese sector del vehículo sin el sistema de retención infantil correspondiente.
Desde la fuerza policial defendieron el accionar del agente, argumentando que la decisión se basó en la normativa vigente y que la prioridad es resguardar la seguridad de los ocupantes.
Especialistas en seguridad vial coincidieron en que amamantar mientras el vehículo está en movimiento implica un riesgo elevado, ya que ante un siniestro el bebé podría resultar gravemente herido. A su vez, sugirieron que, en situaciones de necesidad, lo correcto es detenerse en un lugar seguro para realizar la lactancia.
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