La acción se consideró contraria al Código Penal y al Código Electoral Nacional.

El proyecto, presentado por el legislador Miguel Osvaldo Nicolás, advierte que este tipo de conductas representan un abuso de poder y una apropiación indebida de recursos públicos para la autopromoción.
El texto cita la Ley de Ética Pública Nº 25.188 y el informe de la ONG Poder Ciudadano, que establecen que la publicidad estatal debe servir al interés general y no a fines partidarios.
Además, cuestiona al Gobierno Provincial por prácticas similares, calificándolas como éticamente reprochables.
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